El procedimiento "servicio de ayuda a domicilio" pretende gestionar la demanda de un conjunto de atenciones, desde una perspectiva integral y normalizadora, de toda la población del municipio, en casa, en aquellas situaciones en las que la autonomía personal se vea limitada, o en aquellos casos de desintegración familiar. En general, persigue gestionar el servicio de ayuda a domicilio proporcionado por el Ayuntamiento.
El servicio de ayuda en el hogar estará abierto a todas las personas o unidades de convivencia para las que, de acuerdo con la valoración técnica corresponsal, suponga un recurso idóneo de atención. De manera particular, el servicio atenderá personas mayores con déficits de autonomía y personas con discapacidades, especialmente cuando carezcan de apoyo personal en su contorno inmediato, así como hogares con menores en que se observe necesidad de una intervención de carácter socioeducativo. También podrá dar una respuesta preventiva y socializadora la diversas situaciones de familias en riesgo de exclusión social.
En todo caso, se dará prioridad en el acceso al servicio a las personas que tengan un derecho reconocido de atención dentro del sistema de autonomía y atención a la dependencia.
Preferentemente de forma telemática a través del botón “Iniciar trámite”. Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.
¡Aviso Importante! Recuerde ANEXAR los documentos requeridos en este Apartado.
El acceso al servicio de ayuda en el hogar se producirá de acuerdo con las siguientes modalidades:
1. Acceso directo: El acceso será prioritario y directo para aquellas personas empadronadas y con residencia efectiva en el Ayuntamiento de Fene a las cuales, teniendo reconocida la situación de dependencia, si les asigne la ayuda en el hogar en la correspondiente resolución de programa individual de atención y conforme la aplicación del programa de asignación de recursos establecido en el título II del Decreto 15/2010.
Para estos efectos, el Ayuntamiento de Fene procederá a dar de alta a las personas en espera de acuerdo con la orden de prelación establecida en el programa de asignación de recursos.
Para proceder a las altas en el servicio de ayuda en el hogar, el personal técnico podrá solicitar a las personas interesadas que acerquen original o copia compulsada de la resolución de concesión del PIA en el que se le reconozca el citado servicio, con indicación de la intensidad reconocida, así como otra documentación necesaria para la formalización de la documentación de alta.
Las personas para las que el programa individual de atención, determine el servicio de ayuda en el hogar como recurso principal o idóneo tendrán, en todo caso, preferencia sobre aquellas a las que se les asigne el servicio de ayuda en el hogar como respiro del cuidador.
2. Acceso de libre concurrencia: Para las personas que no tengan el reconocimiento de la situación de dependencia, o no las asista el derecho de acceso efectivo al catálogo de servicios de atención a la dependencia, según el calendario de implantación que se establece en la Ley 39/2006, el acceso al servicio, luego de la prescripción técnica del profesional de referencia se resolverá en régimen de libre concurrencia, segundo el siguiente procedimiento:
La presentación de la solicitud en el Ayuntamiento de Fene, acompañada de la siguiente documentación:
Nombre: Solicitud del servicio de ayuda a domicilio.
Unidad tramitadora: Servicios Sociales.
Inicio del procedimiento: A Instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
Órgano de resolución: Alcaldía sin prejuicio del organo en el que se delegue.
Carácter silencio administrativo: Silencio negativo.
Plazo de resolución: 6 meses.
Recurso aplicable: Potestativo de reposición / Contencioso - administrativo..
Tasas/Impuestos: Consultar la ordenanza fiscal del apartado de normativa.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).
Presencial.