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Solicitud servicio ayuda a domicilio

El procedimiento "servicio de ayuda a domicilio" pretende gestionar la demanda de un conjunto de atenciones, desde una perspectiva integral y normalizadora, de toda la población del municipio, en casa, en aquellas situaciones en las que la autonomía personal se vea limitada, o en aquellos casos de desintegración familiar. En general, persigue gestionar el servicio de ayuda a domicilio proporcionado por el Ayuntamiento.

Preferentemente de forma telemática a través del botón “Iniciar trámite”. Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

¡Aviso Importante! Recuerde ANEXAR los documentos requeridos en este Apartado.

El acceso al servicio de ayuda en el hogar se producirá de acuerdo con las siguientes modalidades:

1. Acceso directo: El acceso será prioritario y directo para aquellas personas empadronadas y con residencia efectiva en el Ayuntamiento de Fene a las cuales, teniendo reconocida la situación de dependencia, si les asigne la ayuda en el hogar en la correspondiente resolución de programa individual de atención y conforme la aplicación del programa de asignación de recursos establecido en el título II del Decreto 15/2010.
Para estos efectos, el Ayuntamiento de Fene procederá a dar de alta a las personas en espera de acuerdo con la orden de prelación establecida en el programa de asignación de recursos.
Para proceder a las altas en el servicio de ayuda en el hogar, el personal técnico podrá solicitar a las personas interesadas que acerquen original o copia compulsada de la resolución de concesión del PIA en el que se le reconozca el citado servicio, con indicación de la intensidad reconocida, así como otra documentación necesaria para la formalización de la documentación de alta.
Las personas para las que el programa individual de atención, determine el servicio de ayuda en el hogar como recurso principal o idóneo tendrán, en todo caso, preferencia sobre aquellas a las que se les asigne el servicio de ayuda en el hogar como respiro del cuidador.

2. Acceso de libre concurrencia: Para las personas que no tengan el reconocimiento de la situación de dependencia, o no las asista el derecho de acceso efectivo al catálogo de servicios de atención a la dependencia, según el calendario de implantación que se establece en la Ley 39/2006, el acceso al servicio, luego de la prescripción técnica del profesional de referencia se resolverá en régimen de libre concurrencia, segundo el siguiente procedimiento:
La presentación de la solicitud en el Ayuntamiento de Fene, acompañada de la siguiente documentación:

  • Fotocopia compulsada del DNI de todas las personas que conviven.
  • En el caso de existencia de menores, fotocopia compulsada del Libro de Familia o Certificación Literal de nacimiento.
  • Copia de la sentencia de separación, y/o Acuerdo Regulador, en su caso.
  • Informe médico (según modelo).
  • Fotocopia compulsada del certificado oficial de discapacidad vigente, y/o notificación de la valoración de dependencia positiva o negativa, en su caso.
  • Justificantes económicos de la persona beneficiaria y de todos los miembros de la unidad de convivencia, a saber: fotocopia de la/s última/s declaración/s de la renta de las personas físicas, nóminas y/o contratos de trabajo, recibo/s actualizado/s de pensión/s, vidas laborales, certificados del Inem y todos aquellos documentos que sean solicitados por el personal técnico con el fin de aclarar la situación económica personal y/o familiar.
  • Certificación bancaria de intereses y retenciones de todas las personas que forman parte de la unidad de convivencia correspondiente al año inmediatamente anterior a lo que se cursa la solicitud.
  • Certificación negativa o positiva de la Declaración de Patrimonio de todos los componentes de la unidad de convivencia.
  • Contrato de alquiler, en su caso, y recibos pagados de los últimos 3 meses, o recibos de amortización de la vivienda, en su caso, así como copia compulsada del recibo de contribución de la vivienda.
  • Certificados municipales de Rústica, Urbana e IAE, así como certificado de IVTM de todas las personas que integran la unidad de convivencia.
  • Cualquiera otra documentación que sea requerida por el trabajador/la social para la valoración de su expediente.

Nombre: Solicitud del servicio de ayuda a domicilio.

Unidad tramitadora: Servicios Sociales.

Inicio del procedimiento:
A Instancia de parte.

Tipo de interesado:
Persona física o jurídica.

Órgano de resolución:
Alcaldía sin prejuicio del organo en el que se delegue.

Carácter silencio administrativo:
Silencio negativo.

Plazo de resolución:
6 meses.

Recurso aplicable:
Potestativo de reposición / Contencioso - administrativo..

Tasas/Impuestos:
Consultar la ordenanza fiscal del apartado de normativa.

Canales de atención:
Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.